Mediación Civil y Mercantil Y Colaborative Law

La mediación es un sistema alternativo al judicial para la resolución de conflictos, utilizando técnicas de negociación, cuyas principales características son, que es un procedimiento voluntario entre las partes, es confidencial, y los mediadores son en todo momento, terceros imparciales y neutrales. Las partes en la mediación, si así lo desean podrán ser asistidos en todo momento, por sus respectivos letrados.

La mediación está especialmente indicada en esos casos en los que, las partes deban seguir relacionándose pese a sus discrepancias, como en los conflictos que se suscitan en el seno de empresas, entre trabajadores-empresa, socios-empresas, cliente-empresas, proveedores-empresa, trabajadores entre si, así como en materia de familia, divorcios con menores, herederos entre si, etc.

El acuerdo alcanzado entre las partes, tendrá fuerza ejecutiva bien a través de la protocolización notarial del acuerdo o a través de la homologación judicial del mismo.

El derecho colaborativo nació en Estados Unidos a finales de la década de los 90.

Somos un equipo de juristas, convencidos de la eficacia de métodos alternativos de resolución de conflictos, y como tal, ofrecemos a nuestros clientes, antes de acudir a la vía judicial, resolver sus conflictos e incluso prevenirlos a través, no sólo de la mediación y el Arbitraje, mas indicados, para cuando el conflicto ya existe, sino también a través del derecho colaborativo, basado en la negociación en equipo entre abogados y sus clientes, junto a otros profesionales que deban intervenir, colaborando entre todos para alcanzar un acuerdo a largo plazo, incluso con carácter previo al conflicto y a modo preventivo.

Como abogados colaborativos, participamos activamente del proceso de negociación, representando a nuestros clientes, para la búsqueda de un acuerdo entre las partes, con carácter previo a la vía judicial.